Los derechos de las mujeres son condición para la democracia.
Personajes:
Tema: Derechos universales como fundamento de las democracias modernas
Competencias
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Materias y cursos por Sistema Educativo
España > Educación en Valores Cívicos y Éticos > 2º ESO > Sociedad, justicia y democracia
Enunciado
1. Me gustaría que contestaras a las siguientes preguntas:
- 1. ¿Vives en una democracia? Si tu respuesta es afirmativa, di: ¿Qué consideras fundamental en una democracia?
- 2. Si has introducido votar como uno de los aspectos fundamentales, responde: ¿qué crees que te permite el hecho de votar? ¿qué se te impediría si no existiera el voto? Intenta hacer un listado.
- 3. ¿Todas las personas han tenido derecho al voto desde que existe la democracia? Puedes consultar en internet o en un texto de historia para completar tu respuesta.
2. Hablemos un poco más de España y del voto de las mujeres. Se obtiene el 1 de octubre de 1931 gracias a la defensa en solitario que lleva a cabo una de las juristas y políticas más importantes de la historia democrática española: Clara Campoamor. Aquí tienes un fragmento del discurso a favor del voto. Léelo y subraya aquellos fragmentos que indican que en una democracia las personas deben ser tenidas en cuenta al margen de su sexo, condición, religión, es decir, que deben ser sujetos de derechos por el hecho de ser personas y por ello votar.
¡Las mujeres! ¿Cómo puede decirse que cuando las mujeres den señales de vida por la República se les concederá como premio el derecho a votar? ¿Es que no han luchado las mujeres por la República? ¿Es que al hablar con elogio de las mujeres obreras y de las mujeres universitarias no está cantando su capacidad? Además, al hablar de las mujeres obreras y universitarias, ¿se va a ignorar a todas las que no pertenecen a una clase ni a la otra? ¿No sufren éstas las consecuencias de la legislación? ¿No pagan los impuestos para sostener al Estado en la misma forma que las otras y que los varones? ¿No refluye sobre ellas toda la consecuencia de la legislación que se elabora aquí para los dos sexos, pero solamente dirigida y matizada por uno? ¿Cómo puede decirse que la mujer no ha luchado y que necesita una época, largos años de República, para demostrar su capacidad? Y ¿por qué no los hombres? ¿Por qué el hombre, al advenimiento de la República, ha de tener sus derechos y han de ponerse en un lazareto los de la mujer? (…) No se trata aquí esta cuestión desde el punto de vista del principio, que harto claro está, y en vuestras conciencias repercute, que es un problema de ética, de pura ética reconocer a la mujer, ser humano, todos sus derechos, porque ya desde Fitche, en 1796, se ha aceptado, en principio también, el postulado de que solo aquel que no considere a la mujer un ser humano es capaz de afirmar que todos los derechos del hombre y del ciudadano no deben ser los mismos para la mujer que para el hombre. Y en el Parlamento francés, en 1848, Victor Considerant se levantó para decir que una Constitución que concede el voto al mendigo, al doméstico y al analfabeto -que en España existe- no puede negárselo a la mujer.
Campoamor, Clara (1931): Fragmento del Discurso a favor del voto. Sociedad, El País, (revisado 9/1/2022) http://pages.uv.es/formargenero/cas/otros_recursos/clara_campoamor.pdf
3. Efectúa una redacción que aglutine lo más importante de tus dos respuestas anteriores.
Observaciones y contexto
- Esta actividad se puede acompañar con fragmentos de la película Clara Campoamor, con una selección de imágenes sobre el voto femenino en España y en otros países. También es recomendable la película Suffragettes (2015) de la directora Sarah Gavron.
- Es heredera de Elisabeth Cady Stanton, Susan B. Anthony, Lucretia Mott, Lucy Stone, Emilia Pardo Bazán o Concepción Arenal; es coetánea de Victoria Kent, Margarita Nelken, María Lejárraga, Emmeline Pankhurts o Emma Goldman y sus herederas son todas las mujeres españolas de manera individual o colectiva, por poner algunos nombres: Mercedes Formica, Maria Telo, Lidia Falcón, Margarita Sala, Amparo Tomé, Asociación de juristas Themis, Asociación española de mujeres juristas, Asociación Clara Campoamor.
Descripción
Para que una sociedad se considere democrática, es condición necesaria que las mujeres ejerzan lo que constituye uno de sus pilares fundamentales. La evolución del voto femenino marca la calidad de una democracia. Para ello trabajaremos con una exposición de preconceptos, una lectura comprensiva y una posterior redacción.